martes, 24 de mayo de 2016

acta de inicio

Todos los contratos independientemente de la cuantía, objeto o tipo tiene una
fecha de iniciación así formalmente no se elabore un acta de inicio, para el
sistema es obligatorio realizar un acta de inicio para todos los contratos con el fin
de definir una fecha final y para que el sistema coloque y controle una fecha de
finalización dependiendo de la duración del contrato. Las actas de inicio definen el
estado de EJECUCIÓN en los contratos, es decir todos los contratos que se
encuentren en estado de ejecución es porque ya tienen acta de inicio definida

 el acta de 
inicio solo puede ser realizada para contratos PERFECCIONADOS es decir con 
Registro Presupuestal de Compromiso aprobado o para contratos LEGALIZADOS 
es decir con pólizas aprobadas, ya que no todos los contratos requieren pólizas 
pueden pasar de estado perfeccionado a ejecución. Así las cosas un contrato 
puede tener los siguientes estados:

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